Las siguientes reglas se aplican a los comentarios públicos en una reunión virtual regular, especial o de emergencia de la Pace Junta Directiva, un comité o un consejo asesor (“reunión”):
- Una persona que desee ofrecer comentarios públicos debe asistir a la reunión en persona.
- Los comentarios públicos se producirán únicamente durante la parte de comentarios públicos de la reunión.
- Una persona que desee ofrecer comentarios públicos sobre un tema de la agenda deberá proporcionar su nombre, el o los temas de la agenda sobre los que desea ofrecer comentarios públicos y el o los comentarios sobre el tema. Pace Formulario de inscripción para comentarios públicos antes del inicio de la reunión. Si más de una persona de la misma organización desea ofrecer comentarios públicos, considere la posibilidad de que una persona ofrezca comentarios públicos en nombre de las demás personas.
- El individuo limitará sus comentarios públicos a los puntos de la agenda de la reunión.
- El individuo tendrá una oportunidad para ofrecer comentarios públicos.
- El individuo tendrá tres minutos para ofrecer comentarios públicos.
- El individuo no puede ceder a otro individuo ninguna porción no utilizada de su tiempo para comentarios públicos.
- Se puede detener al individuo si su comentario público se vuelve irrelevante, repetitivo, duplicado o perturbador.
- El individuo puede ser escoltado fuera de la reunión para mantener el orden y el decoro y/o realizar negocios de manera efectiva en la reunión.
- El tiempo total para comentarios públicos se limitará a 15 minutos, a menos que se extienda con el voto afirmativo de la mayoría del quórum de la Junta.
- La Junta no tendrá la obligación de responder a las preguntas de la persona oa los comentarios públicos de la persona.
NOTA: Todos los comentarios públicos formarán parte del acta pública de la reunión.